Los ciudadanos de la UE que residen en España pueden votar en nuestro país. Para ello, deberán estar inscritos en el Padrón de su municipio de residencia en España. La fecha límite para ello es el día 27 de abril de 2009, momento en el que finaliza el plazo para la presentación de reclamaciones censales. Para informar a estos ciudadanos de su derecho a votar en nuestro país, la Oficina del Censo Electoral se ha dirigido a ellos mediante una carta. Asimismo, el Ministerio del Interior elabora una campaña institucional específica dirigida a estos ciudadanos.
Más información:
En la Oficina del Censo Electoral: http://www.ine.es/censoe/elec_ue09/elec_parla_ue09.htm