Transferencia de los importes de las subvenciones por gastos electorales
IMPORTANTE: Para que el Ministerio del Interior pueda tramitar las subvenciones por gastos electorales es imprescindible que se comunique a la Junta Electoral competente, o en su momento al Tribunal de Cuentas, para que estos lo pongan en conocimiento de la Dirección General de Política Interior, lo siguiente:
- Denominación de la entidad política, indicando si es partido, federación, coalición o Agrupación de electores.
- Provincia en la que han obtenido resultados electorales o donde se encuentra la sede central.
- Datos identificativos del Administrador (Nombre, Apellidos, Domicilio, Localidad y Provincia), autorizando el consentimiento de verificar sus datos personales a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad o fotocopia de su DNI.
- Modelo de designación de cuenta bancaria y comunicación de la baja de datos bancarios del Ministerio de Economía y Competitividad, en la que se debe reflejar:
- Los 24 dígitos del código IBAN
- Los datos identificativos del Administrador, que es al que se hace la transferencia, por lo debe aparecer como titular o cotitular.
- La denominación de la entidad política a la que representa el citado Administrador.
Esta información se puede remitir directamente a la Dirección General de Política Interior, siempre que se haya comunicado anteriormente los órganos mencionados arriba.