El 10 de noviembre se celebran las elecciones.
Aunque vivas en el extranjero, puedes votar en las Elecciones Generales
Si figuras en el Censo Electoral de Residentes Ausentes recibirás en tu casa el impreso de solicitud.
No será necesario realizar la solicitud si ya lo hiciste en las elecciones Generales de abril y no ha cambiado tu situación desde entonces.
Remítelo a la Oficina del Censo Electoral y te enviarán la documentación para votar.
Puedes depositar tu voto en la oficina o sección consular hasta el 8 de noviembre, o enviarlo por correo certificado hasta el 5 de noviembre.
No olvides incluir copia de tu DNI, Pasaporte o certificado expedido por el Consulado.
Ministerio del Interior.
Gobierno de España.