Web Elecciones a Cortes Generales 2008


Voto accesible

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¿QUIEN PUEDE UTILIZAR ESTE PROCEDIMIENTO?

1. Personas con discapacidad visual que conozcan el sistema de lecto-escritura Braille y
2. Que tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33% o sean afiliados a la ONCE.

La utilización de este procedimiento es voluntaria, de modo que aquellas personas que lo deseen podrán seguir siendo asistidas de una persona de su confianza, tal y como prevé el artículo 87.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

 

¿CÓMO UTILIZAR ESTE PROCEDIMIENTO?

Mediante una comunicación expresa al Ministerio del Interior en un plazo de 27 días a contar desde la convocatoria del proceso.

En las próximas Elecciones a Cortes Generales y al Parlamento de Andalucía, esta comunicación deberá realizarse entre los días 15 de enero y 11 de febrero 2008 a través del teléfono gratuito 900 150 000.

Los electores deberán indicar en su comunicación: nombre, apellidos, domicilio, DNI y número de teléfono de contacto. Además, deben manifestar que conocen el sistema de lecto-escritura Braille y que tienen reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33% o que son afiliados a la ONCE.

La Administración podrá requerir en cualquier momento la verificación de estos datos.

 

¿EN QUÉ CONSISTE EL PROCEDIMIENTO DE VOTO ACCESIBLE?

El procedimiento de voto accesible consiste en la utilización de papeletas y sobres de votación normalizados (es decir, sobres y papeletas sin referencia alguna en Braille e idénticos a los que utilizan el resto de electores) a los que se acompaña una documentación complementaria en Braille que permitirá la identificación de la opción de voto con garantías de autonomía y, por lo tanto, de secreto del sufragio.

La documentación complementaria en Braille consiste en que cada una de las papeletas normalizadas se encontrará dentro de un sobre en el que, en tinta y Braille, se indicará la candidatura a la que corresponde.

Para el caso concreto del Senado (al tratarse de listas abiertas) el sistema consiste en una plantilla en la que se introducirá la papeleta de votación. Esta plantilla permitirá la identificación de los candidatos a través del sistema Braille y contará con troqueles que se ajustarán a las casillas en las que el elector debe marcar con una “X” la opción de voto.

Las traducciones al sistema braille serán controladas por la Comisión Braille Española y todo el procedimiento será supervisado por la Administración Electoral.

 

EL DÍA DE LA VOTACIÓN

El elector que haya comunicado su intención de utilizar el procedimiento de voto accesible acudirá el día de la votación a la Mesa electoral en la que le corresponda ejercer su derecho de sufragio.

Allí, previa identificación y comprobación de la formulación de su comunicación, la Mesa le hará entrega de un maletín en el que, en tinta y lenguaje Braille, se indica el proceso electoral al que corresponde

Una vez recogida la documentación, los electores podrán dirigirse a los espacios habilitados al efecto en los locales electorales para el manejo de la documentación electoral con la debida privacidad. Para ello podrá solicitar que los miembros de la Mesa le acompañen. Si no pudieran, podrá acompañarle el Representante de la Administración o los miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad presentes en el Colegio Electoral.

Una vez identificada la opción de voto e introducida la papeleta en el sobre de votación (en el caso de celebración de varios procesos electorales, tantas papeletas y sobres como procesos se celebren), el elector se dirigirá nuevamente a la Mesa electoral y hará entrega de su voto al Presidente para su introducción en la urna electoral.

 

EN LAS ELECCIONES A CORTES GENERALES 2008 ¿QUÉ LES SERÁ ENTREGADO EN LA MESA ELECTORAL A LOS ELECTORES QUE HAYAN COMUNICADO SU INTENCIÓN DE UTILIZAR ESTE PROCEDIMIENTO?

La Mesa electoral entregará a los electores un maletín en el que, en tinta y lenguaje Braille, se indica el proceso electoral al que corresponde (“Elecciones Cortes Generales 2008”).

En su interior, el elector encontrará tres cosas:

  • Una hoja explicativa en Braille.
  • Un sobre en el que, en tinta y en Braille, se indica que contiene la documentación necesaria para el voto al Congreso de los Diputados.
  • Un sobre en el que, en tinta y en Braille, se indica que contiene la documentación necesaria para el voto al Senado.

La documentación para el voto al Congreso de los Diputados consiste en lo siguiente:

  • El sobre de votación normalizado (sin indicación alguna en Braille e idéntico al que utilizan el resto de electores) .
  • Tantos sobres como candidaturas, en los que se indicará, en tinta y en Braille, las papeletas normalizadas que contienen (sin indicación alguna en Braille e idénticas a las que utilizan el resto de electores).

La documentación para el voto al Senado consiste en los siguiente:

  • El sobre de votación normalizado (sin indicación alguna en Braille e idéntico al que utilizan el resto de electores) .
  • Una guía Braille con información sobre los candidatos.
  • Una plantilla con indicación en Braille de los candidatos y con troqueles que se corresponden con las casillas en las que el elector debe marcar con una “X” su opción de voto.
  • Una papeleta normalizada (sin indicación alguna en Braille e idéntica a la que utilizan el resto de electores) que se encontrará incluida ya en la plantilla y ajustada para evitar que deba realizarse más manipulación que su extracción de la plantilla una vez marcados los candidatos elegidos.

Los electores que hayan comunicado (en el mismo teléfono gratuito 900 150 000) su intención de utilizar el procedimiento de voto accesible también para las Elecciones al Parlamento de Andalucía, recogerán en la Mesa electoral dos maletines: uno que incluirá la documentación correspondiente a las Elecciones a Cortes Generales 2008 y otro para las Elecciones al Parlamento de Andalucía. Éste consistirá en una guía explicativa en Braille, un sobre de votación normalizado (sin indicación alguna en Braille e idéntico al que utilizan el resto de electores) y tantos sobres como candidaturas, en los que se indicará, en tinta y en Braille, las papeletas normalizadas (sin indicación alguna en Braille e idénticas a las que utilizan el resto de electores) que contienen. Para elegir su opción de voto, el elector actuará del mismo modo que para seleccionar su opción al Congreso de los Diputados..

 

¿CÓMO UTILIZAR ESTA DOCUMENTACIÓN?

El elector deberá leer las instrucciones que se incluyen en la documentación y, a continuación, seleccionar su opción de voto.

En el caso de la elección al Congreso de los Diputados, tras identificar la papeleta correspondiente a la candidatura a la que desea otorgar su voto, la introducirá en el sobre de votación (de la misma manera se procederá, en su caso, en las Elecciones al Parlamento de Andalucía).

En el caso del Senado, marcará su opción de voto ayudado por la plantilla y la guía Braille. Una vez seleccionados los candidatos a los que desee otorgar su voto, extraerá la papeleta de la plantilla y la introducirá en el sobre de votación.

 

INFORMACIÓN SOBRE LAS CANDIDATURAS:

El Ministerio del Interior proporcionará información sobre las candidaturas en formato accesible:

En el caso de las próximas Elecciones Generales, y al Parlamento de Andalucía, de 9 de marzo, la proclamación de candidatos se publicará en el Boletín Oficial del Estado el día 12 de febrero de 2008.

La Información sobre las candidaturas a las Elecciones a Cortes Generales se ofrecerá a través del teléfono gratuito 900 150 000 y de la web del Ministerio del Interior (www.mir.es).

La Información sobre las candidaturas al Senado se ofrecerá, además, a través de una guía Braille que recogerá debidamente identificados y ordenados los candidatos de la circunscripción correspondiente y que se encontrará entre la documentación que le será entregada en la Mesa electoral.

 

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO.

El Ministerio del Interior ha habilitado tres canales de información sobre el procedimiento:

Una campaña informativa que se emitirá en los medios de comunicación de titularidad pública una vez convocado el proceso electoral.

La web del Ministerio del Interior (www.mir.es).

Un teléfono gratuito (900 150 000) en el que podrán encontrar respuesta a las dudas sobre el procedimiento.


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