Personas que integran la mesa
PERSONAS QUE INTEGRAN LA MESA
¿Cómo se desarrolla la jornada electoral para las personas que integran las Mesas?
8.00 de la mañana
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Reunión en el local electoral
A las 8 de la mañana deben estar presentes en el local electoral todas las personas que integran la Mesa y sus suplentes. Éstas, constituida la Mesa, si no han tenido que sustituir a ninguna de las personas titulares, quedan exentas de sus obligaciones y pueden abandonar el local electoral.
¿Qué pasa si no se presentan las personas nombradas como titulares ni los suplentes?
Si no se presenta el Presidente o Presidenta titular, ni tampoco sus suplentes, asumirá la presidencia el primer o primera vocal, o el segundo o la segunda vocal, que deberán ser sustituidas en su calidad de vocales por sus suplentes.
Si no puede constituirse la Mesa antes de las 10 de la mañana, por no contar con las 3 personas que exige la ley, debe comunicarse a la Junta Electoral de Zona.
¿Qué ocurre entonces? Que la Junta Electoral de Zona convocará una nueva votación dentro de los dos días siguientes. La convocatoria se fijará en la puerta del local electoral y la Junta Electoral nombrará nuevos componentes de la Mesa.
Las personas que integran la Mesa podrán encontrar ayuda en el o la representante de la Administración, que desde primera hora de la mañana se encontrará en el local electoral.
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Comprobación del material electoral
La Mesa deberán comprobar que se dispone del siguiente material electoral:
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URNAS DE VOTACIÓN
Las urnas deben estar claramente identificadas.Para ello se fijará el sobre de votación correspondiente al proceso a celebrar en su parte delantera y en su parte trasera.
Deben estar cerradas y precintadas.
En caso de rotura o deterioro del precinto, la Presidencia de la Mesa, si no pudiera obtener otra urna de la Junta Electoral de Zona, deberá asegurar el cierre de la urna con cualquier medio a su alcance.
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CABINA DE VOTACIÓN
Cabina de votación, un lugar intermedio entre la entrada y la Mesa.
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SOBRES Y PAPELETAS
Durante toda la jornada, y mientras dure la votación, debe haber un número suficiente de sobres y papeletas de todas y cada una de las candidaturas que se presentan a cada elección.
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DOCUMENTACIÓN ELECTORAL
- Lista del censo de electores y electoras correspondiente a la Mesa
- Actas (constitución, escrutinio y sesión.)
- Lista numerada de votantes. Se anotará en ella en qué proceso o procesos vota cada persona.
- Certificados de votación para entregar a los votantes que lo soliciten.
- Copia de los nombramientos (credenciales) de los interventores e interventoras que actúen ante la Mesa.
- Copia de los nombramientos (credenciales) de los electores y electoras que figuran en el censo de la Mesa que actúen como interventores e interventoras en otra Mesa distinta
- Juego de sobres y recibos de entrega de los mismos.
Si la Mesa no dispone de alguno de estos elementos, debe comunicarlo inmediatamente a la Junta Electoral de Zona, para que proceda a su envío.
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Comprobación de que el local electoral reúna las condiciones adecuadas para celebrar la votación.
Mesas, sillas, luz apropiada, etcétera.
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Recepción de las credenciales de los interventores e interventoras.
- Solo pueden actuar ante la Mesa un máximo de dos interventores o interventoras por cada candidatura.
- Se les indicará que quedan reconocidos por la Mesa.
- Se incluirá su nombre en el acta de constitución de la Mesa.
- Se les devolverán los nombramientos.
8:30 de la mañana
(Que se vea que está rellenando el acta de constitución de la Mesa)
Confección del acta de constitución de la Mesa electoral
Es única para todas las elecciones que se celebren.
Pueden solicitar una copia: representantes de candidaturas, apoderados o apoderadas e interventores o interventoras. Sólo debe entregarse una copia por candidatura.
9 de la mañana a 8 de la tarde
La Presidencia de la Mesa anunciará el comienzo de la votación, con las palabras “empieza la votación”.
Los electores y electoras se acercarán a la Mesa de uno en uno. Los vocales e interventores o interventoras comprobarán su identidad.
Deberán presentar cualquiera de los siguientes documentos:
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Pasaporte (con fotografía).
- Permiso (carné) de conducir (con fotografía).
- Tarjeta de residencia, en el caso de ciudadanos y ciudadanas de la Unión Europea que la posean.
- Tarjeta de identidad, si se trata de personas extranjeras nacionales de países con los que España haya suscrito un tratado de reciprocidad para el reconocimiento del derecho de sufragio en las elecciones Locales.
Se aceptará la presentación de estos documentos aunque estén caducados, pero han de ser los originales, en ningún caso fotocopias.
El elector o electora entregará el sobre de votación cerrado a la Presidencia de la Mesa, quien sin ocultarlo en ningún momento a la vista del público dirá en voz alta el nombre del o de la votante y, añadiendo “vota”, entregará de nuevo el sobre al elector o electora, que será quien lo introduzca en la urna.
¿Qué ocurre si la persona no está en la lista del censo? Podrá votar en la Mesa si:
- Se trata de los interventores o interventoras acreditadas ante la Mesa, siempre que figuren en esa circunscripción para todos los procesos convocados.
- La persona que vota presenta alguno de los siguientes documentos:
- Sentencia judicial que reconozca su derecho a estar inscrito en el censo de la Mesa.
- Certificación censal específica, expedida por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, que le habilite para hacer efectivo su derecho al voto en esa Mesa.
Si una persona ha solicitado el voto por correo, no puede votar presencialmente en la Mesa
(aparecerá una letra “C” al lado de su nombre en la lista del censo, o figurará en una “relación de electores y electoras de la Mesa que han solicitado el voto por correo”
Anotación de votantes en la lista numerada de votantes, con su nombre y apellidos, y en el orden en el que hayan emitido el voto.
La votación puede interrumpirse o suspenderse:
DEBE INTERRUMPIRSE cuando la Mesa advierta la ausencia de papeletas de alguna candidatura y no pueda suplirla mediante papeletas suministradas por los interventores e interventoras o apoderados y apoderadas de la correspondiente candidatura. En este caso, la Presidencia de la Mesa comunicará por teléfono tal hecho a la Junta Electoral de Zona que, inmediatamente, suministrará nuevas papeletas. La interrupción no puede durar más de una hora y la votación se prorrogará tanto tiempo como hubiera estado interrumpida.
PUEDE SUSPENDERSE por interrupción superior a una hora, o bien por cualquier motivo que haga imposible el acto de la votación.
La Presidencia, antes de tomar la decisión de suspender la votación, debe recabar el parecer de todas las personas que integran la Mesa y, si las circunstancias lo permiten, debe consultar a la Junta Electoral de Zona.
Una vez tomada la decisión de suspender la votación, que se reflejará en escrito razonado, la Presidencia ordenará la destrucción de todas las papeletas depositadas hasta el momento en las urnas y enviará inmediatamente una copia del citado escrito a la Junta Electoral Provincial, ya sea en mano o por correo certificado.
Suspendida la votación en una Mesa, la Junta Electoral de Zona convocará nuevas elecciones en esa Mesa dentro de los dos días siguientes.
8 DE LA TARDE
La Presidencia de la Mesa anunciará en voz alta que va a concluir la votación. Acto seguido, introducirá las papeletas de voto remitidas por correo.
A continuación se procede al voto de los personas que integran la Mesa y los interventores o interventoras.
Firma de la lista numerada de votantes por los y las vocales e interventores e interventoras.
Escrutinio
Se guardará el siguiente orden:
- Elecciones al Parlamento Europeo.
- Elecciones Municipales.
- Elecciones a Entidades de Ámbito Territorial Inferior al Municipio, en su caso.
- Elecciones Autonómicas
- Abierta la urna, la Presidencia de la Mesa extraerá, uno a uno, los sobres, los abrirá y leerá las papeletas en voz alta.
- La Presidencia enseñará cada papeleta, una vez leída, a vocales, interventores o interventoras y apoderados o apoderadas
- La Mesa comprobará que el número de sobres coincide con el de votantes anotados en la lista numerada de votantes
- La Presidencia de la Mesa preguntará si hay alguna protesta o reclamación.
- Destrucción de las papeletas de votación en presencia de los asistentes
NO DEBEN DESTRUIRSE las siguientes papeletas:
- Aquéllas a las que se hubiera negado validez.
- Aquéllas que hubieran sido objeto de alguna reclamación.
Con las papeletas que no se destruyan, debe hacerse lo siguiente:
- Las personas que integran la Mesa pondrán su firma en ellas.
- Se unirán al acta de sesión.
- Se incluirán en la documentación electoral (en el sobre nº 1).
Anuncio de los resultados de la votación, con indicación de los siguientes datos:
- Personas censadas.
- Certificaciones censales aportadas y de sentencias, en su caso.
- Número de votantes.
- Número de votos nulos.
- Número de votos en blanco.
- Número de votos obtenidos por cada candidatura.
Cumplimentar el acta de escrutinio. Se firmará por quien preside la Mesa, vocales y los interventores o interventoras de las candidaturas. El original se colocará en la entrada del local.
Entregar copias a las siguientes personas y por el siguiente orden:
- En primer lugar, al o la representante de la Administración.
- Después, a representantes de candidatura, interventores o interventoras, apoderados o apoderadas y candidatos y candidatas que lo soliciten.
Sólo debe entregarse una copia del acta por cada candidatura.
Acta de sesión. Firmar las actas por quien presida la Mesa, vocales e interventores o interventoras de las candidaturas.
Entregar copias a representantes de candidaturas, apoderados, interventores y candidatos que lo soliciten.
PREPARACIÓN Y ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN ELECTORAL.
Distribuir la documentación electoral en tres sobres. Habrá un juego de tres sobres para cada proceso que se celebre.
Sobre número 1 de cada proceso celebrado:
- Original del acta de constitución de la Mesa (a incluir en las elecciones Municipales, en el resto se incluirán las copias)
- Original del acta de la sesión del proceso que corresponda
- Documentos que se hacen referencia en el acta de sesión: listas del censo electoral, lista numerada de votantes, papeletas nulas o que hubieran sido objeto de reclamación, certificaciones censales y/o sentencias judiciales aportadas, copias de las credenciales de los interventores, o las propias credenciales si no se han recibido las copias, solicitudes de reintegro de gastos del voto por correo, si las hubiera
Sobre números 2 y 3 de cada proceso celebrado:
- Copia del acta de constitución de la Mesa
- Copia de las actas de la sesión
CERRAR LOS SOBRES Y FIRMARLOS. Las personas de la Mesa y los interventores o interventoras pondrán sus firmas en ellos, de forma que las mismas crucen las solapas.
ENTREGAR LOS SOBRES.
Los NÚMEROS 1 y 2
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En el Juzgado de Primera Instancia o de Paz.
Podrá ser acompañado por un o una vocal e interventores o interventoras que lo deseen.
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad acompañarán y, si fuera preciso, facilitarán el desplazamiento de estas personas.
- El Juez o Jueza firmará el correspondiente recibo (que debe encontrarse entre la documentación de la Mesa).
Entregados los sobres números 1 y 2, finalizan las funciones de personas que integran la Mesa que han acudido al juzgado.
Sobre NÚMERO 3
Uno de los vocales, debe permanecer en el local hasta que se efectúe la entrega al empleado o empleada del Servicio de Correos, que firmará el correspondiente recibo (que debe encontrarse entre la documentación de la Mesa).
Entregado el sobre número 3, finalizan las funciones de la persona que integra la Mesa que ha permanecido en el local electoral.