En el caso de las elecciones Locales, escribirá en la papeleta el nombre del partido, federación, coalición o agrupación a cuya candidatura desea votar e introducirá la papeleta en el sobre de votación; en el resto de los procesos introducirá en el sobre la papeleta de la candidatura elegida.
A continuación, introducirá en el sobre dirigido a la Mesa electoral lo siguiente:
- Sobre o sobres de votación con la papeleta correspondiente para cada proceso (o no incluirá papeleta alguna si lo que desea es votar en blanco)
- El certificado de inscripción en el censo.
- Si así lo desea, el impreso cumplimentado para la devolución de los gastos del envío.
Tiene hasta el día 22 de mayo para remitir este sobre por correo certificado.
Será indispensable para la validez de estos votos que conste claramente en el sobre un matasellos u otra inscripción oficial de una Oficina de Correos del Estado correspondiente, que certifique que se ha remitido dentro del plazo previsto.
El servicio de Correos conservará hasta el día de la votación la correspondencia dirigida a la Mesa y la trasladará a las 9 de la mañana y hasta las 20 horas del mismo día.
Más información en la Embajada o Consulado y en www.exteriores.gob.es, www.ine.es